Miembros categoría B

Tipo de miembro B

Corresponde a las compañías Proveedoras de Servicios y Bienes, para los terminales marítimo petroleros y Monoboyas, incluyendo terminales marítimos para el manejo de gas licuado de petróleo (LPG), gas natural licuado (LNG), productos químicos y operaciones costa afuera.

¿CÓMO SER MIEMBRO SLOM CATEGORÍA “B”?

  • La compañía debe estar identificada como Proveedora de Bienes y Servicios, para los terminales marítimo petroleros y monoboyas, incluyendo terminales marítimos para el manejo de gas natural licuado (LNG).
  • La compañía debe contactarse por medio de la página web de SLOM, vía email u otro medio de comunicación con algún miembro del Directorio o con el Director Administrativo de SLOM, expresando su intención de convertirse en miembro SLOM, Categoría “B”.
  • El Presidente de SLOM, se comunicará con la compañía y enviará el borrador del Memorando de Entendimiento, junto con los documentos pertinentes para la revisión de los abogados de la compañía.
  • La compañía debe regresar el Memorando de Entendimiento debidamente diligenciado y firmado por su Representante Legal u otra autoridad apta de dar validez al Acuerdo. La compañía podrá modificar el borrador presentado por SLOM, de acuerdo con los requerimientos de los abogados de la compañía.
  • El Presidente de SLOM deberá firmar el Memorando de Entendimiento.
  • El Director Administrativo se comunicará con la compañía, dándole a conocer su código de membresía al nuevo miembro “B”.

DEBERES

  • Apoyar en la medida de sus posibilidades, en el cumplimiento del objeto social y en las actividades conducentes al logro de los objetivos de la asociación.
  • Llevar a cabo las actividades, en la medida de sus posibilidades, que le solicite el Directorio, encaminadas a la correcta marcha de la asociación.
  • Cancelar oportunamente las cuotas de membresía, fijadas por la Asamblea, dentro de los plazos fijados para tal fin, cuando estas sean implementadas.
  • Cumplir con los estatutos y con los reglamentos posteriormente emitidos al interior de la asociación.
  • Participar a través de un representante, en las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias.
  • Participar a través de un representante, en las comisiones creadas por el Directorio con el fin de examinar o desarrollar cuestiones específicas para la mejor gestión de la asociación.

DERECHOS

  • Participar a través de un representante, con voz y no con voto, en las reuniones de la Asamblea General.
  • El representante de la membresía “B” o cualquier otra persona que la compañía designe por escrito, podrá ser elegido para cualquier cargo en el Directorio o dentro de la estructura organizacional de la asociación.
  • A través de su representante, el miembro “B”, podrá hacer proposiciones al Directorio o en las reuniones de la Asamblea, consistentes con los fines de la asociación.
  • El miembro “B” recibirá el apoyo de la Asociación en toda cuestión relativa a los objetivos de la misma.
  • El Miembro “B” podrá acceder a la información técnica que disponga la asociación a través de su página web y a las actividades y programas de capacitación que se formulen.

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